Rectificación de datos en el DNI
Los ciudadanos peruanos con DNI de mayores de edad podrán rectificar los datos en su DNI como cambio de nombre, estado civil, dirección y firma en las Oficinas Consulares.
Requisitos:
- Requisito 1: El trámite es personal.
- Requisito 2: Contar con el DNI vigente. Si su DNI está caduco o próximo a caducar (fecha de vencimiento sea dentro de los próximos 60 días), el presente trámite se convertirá en un trámite de renovación de DNI por caducidad, por lo que deberá presentar una (1) fotografía ACTUAL tamaño pasaporte, de superficie lisa no porosa, sin marco, a color, en fondo blanco, de frente, a la altura del medio tórax, y con expresión de rostro neutral (sin sonrisa, ni muecas, sin mostrar los dientes). El cabello no debe cubrir rostro; se debe visualizar ambas orejas; sin prendas en la cabeza (salvo prendas de naturaleza religiosa), ni accesorios en el rostro u orejas (p.ej., lentes, aretes, piercings, etc.); sin sombras ni manchas, no artística ni retocada. No puede utilizarse la misma fotografía del DNI anterior y vencido.
- Requisito 3: Diligenciar (sin huella y sin firma) el formulario para trámites de DNI, que podrá descargar en el siguiente enlace: https://www.consulado.pe/es/Atlanta/Documents/Form-SolicitudTramiteDNI-Pasaporte.docx. Deberá cargar en la plataforma el formulario completado al momento de solicitar la cita y traerlo impreso el día de su cita.
- Requisito 4: Presentar documentos que sustenten la rectificación (los documentos requeridos se quedarán en el Consulado para su posterior envió al Registro Civil peruano):
CASO 1: Rectificación de Estado Civil
Si desea rectificar su estado civil, tenga en cuenta los siguientes requisitos.
De Soltero a Casado:
- Presentar la partida de matrimonio ORIGINAL certificada por RENIEC con una vigencia no mayor a un año o una partida de matrimonio ORIGINAL de la municipalidad que corresponda debidamente certificada por el RENIEC, en caso haya contraído matrimonio en el Perú.
- En caso que el matrimonio se haya realizado en los Estados Unidos, primero deberá registrar dicho matrimonio en el Consulado presentando el acta de matrimonio estadounidense apostillada por la Secretaría de Estado del Estado donde se realizó el matrimonio y, una vez obtenida el acta de matrimonio peruana, podrá hacer el trámite de cambio de estado civil. Para mayor información sobre el registro de matrimonio, revise la sección “Registros Civiles” de nuestra página web de citas.
De Casado a Divorciado:
- Presentar la partida de matrimonio ORIGINAL certificada por RENIEC con una vigencia no mayor a un año o una partida de matrimonio ORIGINAL, de la municipalidad que corresponda debidamente certificada por el RENIEC, en caso haya contraído matrimonio en el Perú, con la correspondiente ANOTACION DE DIVORCIO.
- Si contrajo matrimonio en los Estados Unidos y lo registró en el consulado peruano correspondiente, de existir una posterior sentencia de divorcio estadounidense, deberá solicitar un reconocimiento de sentencia extranjera ante el Poder Judicial en el Perú para que el divorcio tenga validez en el Perú.
De Casado a Viudo:
Este trámite solo se realiza cuando el cónyuge fallecido era peruano.
- Presentar la partida de matrimonio ORIGINAL y la partida de defunción ORIGINAL del fallecido certificada por RENIEC con una vigencia no mayor a un año o una partida de matrimonio ORIGINAL, de la municipalidad que corresponda corresponda debidamente certificada por el RENIEC, en caso haya contraído matrimonio en el Perú.
- En caso de que la defunción se haya producido en los Estados Unidos, primero debe realizar el registro respectivo en el Consulado presentando el acta de defunción estadounidense apostillada por la Secretaría de Estado donde se produjo el fallecimiento y, una vez obtenida el acta de defunción peruana, recién podrá hacer el trámite de cambio de estado civil. Para mayor información sobre el registro de defunciones, revise la sección “Registros Civiles” de nuestra página web.
CASO 2: Rectificación de nombres, fecha o lugar de nacimiento o nombre de los padres
Si desea rectificar sus nombres, fecha o lugar de nacimiento, o nombre de los padres, debe presentar la partida de nacimiento ORIGINAL certificada por RENIEC con una vigencia no mayor a un año o una partida de nacimiento ORIGINAL, de la Municipalidad que corresponda debidamente certificada por el RENIEC, en caso haya nacido en Perú.
Si el nacimiento se produjo en un los Estados Unidos debe realizar primer la rectificación de datos de la partida de nacimiento americana y rectificarlo luego ante el Registro Civil del Consulado, presentando el acta de nacimiento estadounidense rectificada debidamente apostillada por la Secretaría de Estado en el Estado donde se realizó el nacimiento o legalizada por el consulado peruano de la respectiva circunscripción consular.
CASO 3: Rectificación de Domicilio
Si desea rectificar su dirección del Perú a una dentro de los Estados Unidos, o si desea modificar la dirección de Estados Unidos a una nueva dirección en el mismo país, solo deberá llenar el formulario que le será brindado el día de su cita en el Consulado General del Perú en Atlanta.
En caso de que el cambio sea de una dirección en los Estados Unidos a una dirección en el Perú, debe adjuntar un recibo ORIGINAL de servicios del lugar donde va a residir en el Perú (no importa que su nombre no figure en dicho recibo) con una antigüedad no mayor a 6 meses.
CASO 4: Rectificación de Foto o Firma
Si desea rectificar su foto o firma en el DNI, debe traer una (1) fotografía ACTUAL tamaño pasaporte, de superficie lisa no porosa, sin marco, a color, en fondo blanco, de frente, a la altura del medio tórax, y con expresión de rostro neutral (sin sonrisa, ni muecas, sin mostrar los dientes). El cabello no debe cubrir rostro; se debe visualizar ambas orejas; sin prendas en la cabeza (salvo prendas de naturaleza religiosa), ni accesorios en el rostro u orejas (p.ej., lentes, aretes, piercings, etc.); sin sombras ni manchas, no artística ni retocada. No puede utilizarse la misma fotografía del DNI anterior.
- Requisito 5: Pagar US$ 6.00 dólares para los 3 primeros casos y US$ 7.00 dólares para el cambio de firma o foto. El pago es en efectivo y monto exacto.
IMPORTANTE:
- El trámite se realiza de manera personal, no pudiéndose delegar a un tercero su realización.
- El tiempo de entrega del DNI es de 12 a 16 semanas.
- Se recuerda que el pago por el trámite solo se realiza en efectivo (monto exacto).
- El tiempo de entrega varía entre 12 a 16 semanas. Para verificar si el documento ya se encuentra en el Consulado revise el siguiente enlace:
https://www.consulado.pe/es/Atlanta/tramite/Paginas/dni.aspx - El DNI debe ser recogido en el Consulado. Excepcionalmente, se puede brindar la facilidad de enviar el documento a su domicilio, para lo cual el día de su cita deberá firmar un formulario de autorización que será proporcionado por el personal consular y deberá entregar, al realizar el trámite, un sobre prepagado de correo postal (“Priority Mail”) que tenga tracking number y consigne su nombre y dirección correctamente detallados. El Consulado no asume responsabilidad por el servicio de correo postal. Cualquier pérdida, robo o daño del documento es únicamente responsabilidad del interesado.